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Tribunal de lo Civil

Abogado de accidentes de tráfico en Madrid

Tras un accidente, la aseguradora del responsable tiene obligación de hacerte una oferta. Que sea justa es otra cuestión: conocer el procedimiento te pone en mejor posición para negociar.

Lo esencial

  • Antes de demandar hay que reclamar a la aseguradora del responsable (art. 7 LRCSCVM).
  • La aseguradora tiene tres meses para presentar una oferta motivada o una respuesta motivada.
  • La acción directa contra la aseguradora prescribe en un año.

A quién se reclama

El perjudicado tiene acción directa contra la aseguradora del vehículo responsable. Si el responsable no tenía seguro o se dio a la fuga, responde el Consorcio de Compensación de Seguros.

La reclamación previa obligatoria

El artículo 7 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor exige que, antes de presentar la demanda, comuniques el siniestro a la aseguradora y le pidas la indemnización, aportando la información médica disponible. Desde que la recibe, la aseguradora tiene tres meses para hacerte una oferta motivada o, si rechaza la reclamación, una respuesta motivada.

Cómo se calcula la indemnización

Se aplica el baremo legal de tráfico, que valora por separado:

  • Los días de perjuicio personal (básico, moderado, grave o muy grave).
  • Las secuelas, físicas y psíquicas, y el perjuicio estético.
  • El lucro cesante y los gastos (médicos, desplazamientos, ayudas técnicas).
  • En caso de fallecimiento, las indemnizaciones a los familiares.

Si no estás de acuerdo con la valoración, puedes pedir un informe médico pericial. Un informe independiente suele cambiar mucho la cifra.

Plazos

La acción directa contra la aseguradora prescribe en un año. La reclamación extrajudicial interrumpe la prescripción, pero no conviene dejarla para el final.

¿Vía penal o civil?

Muchos accidentes leves ya no se tramitan como delito. Cuando hay lesiones graves, alcohol, drogas o una conducción temeraria, el caso puede pasar a el Tribunal de lo Penal, y la indemnización se reclama dentro del proceso penal.

Qué hacer después del accidente

  1. Rellena el parte amistoso o pide atestado policial si hay heridos o desacuerdo.
  2. Acude a urgencias el mismo día o lo antes posible.
  3. Sigue el tratamiento y guarda todos los informes y facturas.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que aceptar la oferta de la aseguradora?

No. Puedes rechazarla y reclamar judicialmente. Aceptarla suele implicar renunciar a reclamar más.

¿Qué pasa si la aseguradora no responde en tres meses?

Incumple su obligación y se exponen a intereses de demora. Puedes acudir directamente a la vía judicial.

¿Y si el culpable no tenía seguro?

Reclamas al Consorcio de Compensación de Seguros, que asume la indemnización en los términos legales.

Normativa citada: Real Decreto Legislativo 8/2004 (LRCSCVM), art. 7; Código Civil, art. 1968. Textos consolidados consultados en el BOE en octubre de 2026. Información general: no sustituye el consejo de un abogado sobre tu caso.

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