Complemento para Reducir la Brecha de Género
Nuevo régimen desde 2021. Descubre si tienes derecho y cuánto puedes reclamar.
¿Qué es el complemento para reducir la brecha de género?
Desde el 4 de febrero de 2021, el complemento de maternidad fue sustituido por el nuevo complemento para reducir la brecha de género, aplicable a madres y padres por igual.
Este complemento reconoce el impacto que tener hijos supone en la carrera profesional y las cotizaciones, especialmente para las mujeres, aunque también pueden beneficiarse los hombres en determinadas circunstancias.
Importes 2026 según número de hijos
| Número de hijos | Cuantía mensual |
|---|---|
| 1 hijo | 36,90 € |
| 2 hijos | 73,80 € |
| 3 hijos | 110,70 € |
| 4 hijos | 147,60 € |
| 5 o más | 147,60 € (importe máximo) |
A diferencia del régimen anterior (2016-2021), que calculaba el complemento como un porcentaje de la pensión, el nuevo régimen aplica una cantidad fija por hijo, independiente del importe de la pensión.
¿Quién tiene derecho? Reglas de prioridad
- Se reconoce a la madre con carácter general
- El padre puede solicitarlo si acredita mayor perjuicio en su carrera profesional
- En caso de un solo progenitor, este tiene derecho al complemento completo
- Se aplica a pensiones de jubilación, incapacidad permanente y viudedad causadas desde el 4 de febrero de 2021
Comparativa: régimen anterior vs régimen actual
| Aspecto | 2016-2021 (Maternidad) | Desde 2021 (Brecha de género) |
|---|---|---|
| Cálculo | Porcentaje de la pensión (5-15%) | Cantidad fija por hijo |
| Beneficiario principal | Solo madres (ampliado a padres por jurisprudencia) | Madres y padres según reglas |
| Pensiones cubiertas | Jubilación, incapacidad, viudedad | Jubilación, incapacidad, viudedad |
Jurisprudencia relevante
Compatibilidad entre progenitores separados o divorciados
Cuando los progenitores están separados o divorciados, el complemento se reconoce a quien acredite haber sufrido el mayor perjuicio en su carrera de cotización, con independencia de la custodia de los hijos.
Retroactividad y atrasos
Si el INSS denegó indebidamente tu complemento, puedes reclamar los atrasos correspondientes desde la fecha de efectos de tu pensión, con un límite de 4 años desde la fecha de tu reclamación.
¿Cómo reclamar el complemento?
Paso 1: Reclamación previa ante el INSS
Plazo de 30 días desde la notificación de la resolución denegatoria. Debe incluir fundamentación jurídica clara sobre por qué corresponde el complemento.
Paso 2: Demanda ante el Juzgado de lo Social
Si el INSS deniega o no responde en 3 meses, procede presentar demanda judicial en un plazo de 30 días.
¿Crees que tienes derecho al complemento?
Analizamos tu caso y te decimos si puedes reclamar, sin compromiso.
Contactar ahoraPreguntas frecuentes
¿Puedo reclamar si mi pensión es de antes de 2021?
Si tu pensión tiene fecha de efectos anterior al 4 de febrero de 2021, te corresponde el régimen anterior (complemento de maternidad), no el actual. Consulta nuestra página específica sobre ese régimen.
¿El importe se actualiza cada año?
Sí, las cuantías se actualizan anualmente conforme a la revalorización de las pensiones establecida en los Presupuestos Generales del Estado.
¿Puedo cobrar el complemento si estoy trabajando?
El complemento es compatible con determinadas situaciones de compatibilidad entre pensión y trabajo. Cada caso debe analizarse individualmente.
